El excomisionado asociado del Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR), Ángel Rivera de la Cruz, detalla en entrevista con El Diario el complejo proceso para rescindir del convenio con la compañía privada en caso de que las autoridades en la isla decidan iniciar un proceso de este tipo

Nueva York – Para que el gobierno de Puerto Rico rescinda del contrato con LUMA Energy como compañía operadora de la transmisión y distribución de la energía eléctrica, la Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP) tiene que presentar un aviso de incumplimiento para iniciar un proceso que se podría extender mínimo dos años, explicó el excomisionado asociado del Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR), Ángel Rivera de la Cruz.

El hecho de que la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) se encuentra inmersa en el caso por la quiebra bajo Título III de la Ley PROMESA no impide que la AAPP diligencie un aviso de este tipo.

“Cuando yo hablo de un aviso de incumplimiento, tanto el Negociado como la Autoridad para las Alianzas están encargadas de supervisar y monitorear el desempeño de LUMA. Si hay algún incumplimiento con las disposiciones, es deber específicamente del administrador de emitir esa carta de incumplimiento. Entonces LUMA, una vez se emita esa carta de incumplimiento, tiene unos 60 días para corregir lo que se le había señalado, que podría extenderse por 30 días adicionales. De no poder corregir ese incumplimiento, pues entonces se podrían activar otras disposiciones del contrato. Ese tipo de señalamiento no ha sucedido”, expuso el experto.

“¿La recurrencia de los apagones sería un argumento válido para alegar que LUMA está incumpliendo con el contrato?”, preguntó El Diario.

“Hay disposiciones en el contrato de no cumplir con alguna obligación material; ya es evaluación de las agencias pertinentes…y eso no se ha dado”, respondió.

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